Educación pública y laicidad

La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (A.P.D.H) expresa su preocupación por el hecho de que en varias provincias de la República Argentina las instituciones educativas públicas de gestión estatal celebran actos escolares fundados en presupuestos doctrinarios religiosos  exhibiendo símbolos e imágenes que son patrimonio de un sector de la sociedad. 
 
Las conmemoraciones religiosas resultan ser en estas circunstancias una violación al derecho a no ser discriminados por razones de religión, opinión política, filosófica o de cualquier otra índole. Este derecho está tutelado para todos los habitantes de la república, sin distingo de sus convicciones, por los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional reconocidos en el artículo 75, inciso 22 de nuestra Carta Magna, y particularmente por la Convención sobre los Derechos del Niño en especial por su artículo segundo.
La Ley 1420, uno de los hitos más importantes de  la educación  argentina, tiene como uno de sus pilares  el establecimiento de la laicidad como símbolo de respeto a la diversidad y la libertad de todos y cada uno de los habitantes de nuestro país.
 
Solicitamos por lo tanto al Señor Ministro de Educación de la Nación, y por su intermedio al Consejo Federal de Educación, que establezca acuerdos federales vinculantes para que en cada jurisdicción se dispongan normativas y acciones necesarias para promover los valores de la igualdad que surgen del respeto a creyentes y no creyentes,  la no injerencia del estado sobre sus habitantes en materia de doctrinas reservadas a las libertad de conciencia de las personas en general y a los niños/as y adolescentes  en particular.
 
Mesa Directiva de la APDH 
Buenos Aires, 2 de Junio de 2013