Mendoza: Detenciones masivas de la policía de la provincia.

Con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó examinar un Recurso referido a los derechos de los habitantes de Mendoza que son detenidos masivamente por la Policía de dicha provincia “por averiguación de identidad y antecedentes”. (1)
 
Según estadísticas oficiales, las privaciones de la libertad -que no se vinculan a delitos ni contravenciones- son aproximadamente 200.000 por año. Con profusa prueba, la APDH denunció en la acción de habeas corpus colectivo y preventivo, que las detenciones pueden durar duran hasta 12 horas cada una (Ley de Policía Nº 6722, art. 11, inciso 3) y se realizan en razias u operativos realizados mayormente en barrios populares.
 
Con la aplicación abusiva y arbitraria del artículo 280 del Código Procesal Civil de la Nación, la Corte desestimó el examen de violaciones de derechos fundamentales amparados por la Constitución Nacional, mediante una resolución de tan solo tres reglones. A la luz de la norma procesal, se deduce que la Corte considera que la humillación cotidiana de los habitantes de Mendoza detenidos arbitrariamente por la Policía, en particular los pobres, no representa agravio federal suficiente, es insustancial o es carente de trascendencia.
 
Esta resolución quedará marcada a fuego en los anales de la injusticia legalizada ya que podría ser utilizada con consecuencias sociales impredecibles, toda vez que este asunto que afecta colectivamente la dignidad de miles de personas, no ha tenido remedio por la vía de las instituciones republicanas: fue rechazado por los tres poderes de la provincia de Mendoza y ahora por el máximo tribunal de la Nación.
 
 
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) Regional San Rafael
 
 
 
(1)“Recurso de hecho deducido por la Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos filial San Rafael en la causa Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos filial San Rafael s/habeas corpus colectivo y preventivo", Expediente: CSJ 002835/2015-00