Organismos de Derechos Humanos solicitan la nulidad del pliego de María Teresa Day
La Sala II de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia deberá decidir si el Gobernador ha violado el art. 152 inc 3 de la Constitución Provincial al enviar el pliego de Teresa Day, quien, conforme señalan los organismos, no cuenta con una trayectoria, idoneidad, capacidad, probidad y conducta pública que impone el bloque de constitucionalidad con el fin de evitar mayorías automáticas que quiebren el principio de independencia del Poder Judicial.
